Nuevos Beneficios de la Certificación OEA
Con la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para el 2020, publicada el pasado 24 de julio, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones a la Resolución que establece las citadas Reglas, misma que fue publicada el 30 de junio de 2020.
Sin duda alguna, uno de los cambios más importantes fueron las modificaciones al Esquema Integral de Certificación, dentro del cual se derogó y por tanto SE ELIMINARON LOS BENEFICIOS que anteriormente existían para la modalidad CERTIFICACIÓN DE IVA E IEPS, y que se establecían en la Regla 7.3.7.
La eliminación de los beneficios de la Certificación de IVA e IEPS, sin duda viene a modificar la forma en que las empresas actualmente realizan sus operaciones, pues se dejaron sin efectos, beneficios importantes para la optimización y eficiencia de las operaciones de comercio exterior, tales como: la excepción de presentar la manifestación de valor; el plazo de retorno de 36 meses; Inscripción inmediata de los padrones sectoriales; transferencias virtuales el pedimento único; facilidades de corrección en procedimientos de fiscalización; devolución acelerada de IVA y en general, se eliminaron todos los beneficios para esta modalidad.

No obstante, en conjunto con la decisión de eliminar los beneficios para la modalidad Certificación de IVA e IEPS, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) determinó fortalecer y aumentar los BENEFICIOS de la modalidad OPERADOR ECONOMICO AUTORIZADO –OEA-.

En virtud de la importancia que todavía más adquiere este Programa para las operaciones de Comercio Exterior, a continuación, haremos referencia a los alcances, obligaciones y TODOS los beneficios que se obtienen al formar parte del mismo.
¿Qué es el OEA?
El Operador Económico Autorizado (OEA), es un programa que busca fortalecer la seguridad de la cadena logística del comercio exterior a través de la implementación de estándares mínimos en materia de seguridad internacionalmente reconocidos en coordinación con el sector privado y que otorga beneficios a las empresas participantes.
OEA nace principalmente, al igual que el C-TPAT americano, como una forma de aumentar la seguridad de la cadena logística internacional, luchando tanto contra el terrorismo, el tráfico de drogas, entre otras amenazas.
¿A quién va dirigido?
Comercializadoras, importadoras, Aeronaves, Controladoras, Textil, Recinto Fiscalizado, SECIIT, en modo certificación de Operador Económico Autorizado, y en modo Socio Comercial Certificado, Auto transportista Terrestre, Agente Aduanal, Transportista Ferroviario, Parque Industrial, Recinto Fiscalizado, Mensajería y Paquetería y Deposito Fiscal.
Cabe mencionar, que con las recientes modificaciones a las RGCE, se agregó el perfil Almacén General de Deposito.
Requisitos Generales
Las empresas que estén interesadas en obtener la autorización dentro del Programa, tendrán que cumplir con diversos requisitos, entre los cuales destacamos:

  1. Encontrarse legalmente constituidas bajos las Leyes Mexicanas, en caso de personas morales.
  2. Encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y aduaneras
  3. Contar con personal registrado ante el IMSS o mediante la subcontratación de empleados.
  4. No encontrarse en el listado de empresas incumplidas o con operaciones inexistentes, publicadas por el SAT.
  5. Tener registrados ante el SAT todos los establecimientos en los que realices actividades económicas o de comercio exterior.
  6. Contar con todos los medios de contacto del buzón tributario actualizados.
  7. No estar suspendido en alguno de los padrones generales o específicos o sectoriales.
  8. Permitir en todo momento el acceso al personal de la SAT a tus instalaciones, para que realice la visita de inspección inicial o de supervisión.
  9. Contar con clientes y proveedores en el extranjero para lo cual deberás anexar un archivo con nombres y direcciones de todos.
  10. Presentar archivo con RFC y nombre de sus proveedores nacionales, incluyendo IMMEX.
  11. Contar con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios.
  12. Que el SAT no hubiera interpuesto querella o denuncia penal en contra de tus socios o accionistas, en los últimos 3 años.
  13. Acreditar el cumplimiento de los estándares mínimos en materia de seguridad: Este requisito implica el desarrollo de los procedimientos y aplicación contenidos en cada estándar y sub-estándar de seguridad, incluyendo la evidencia de su implementación.

 Procedimiento general para la obtención de certificación OEA

  • Realizar un análisis del cumplimiento de la regulación aduanera.
  • Análisis de la solvencia financiera
  • Cumplimiento de requisitos generales
  • Desarrollo de los procedimientos del perfil aplicable.
  • Llenado de Solicitud.
  • Inspección física
  • Mantenimiento de recintos

Beneficios hasta 2019.
 Antes de las modificaciones a las RGCE, la Certificación OEA ya incluía diversos beneficios de carácter Fiscal, Administrativo y Comercio Exterior, por mencionar algunos:

  • Disminución del 2 % en reconocimiento aduanero.
  • Importación de mercancías identificables individualmente sin anotar en pedimento número de serie, numero de parte, marca, etc.
  • Rectificación de pedimentos dentro de los 3 primeros meses sin autorización (6.1.1).
  • Plazo de 10 días para tramitar subsanar irregularidades en el pedimento cuando la autoridad detecte mercancías excedentes por menos de 15 mil dólares pagando la multa. Artículo 184, fracción 1.
  • Despacho de mercancías por carriles exprés cuando acrediten registró ante FAST.
  • Despacho o retorno de mercancías transportadas por pasajeros en vuelo comercial sin ingreso a recinto fiscalizado.
  • Para la toma de muestras de mercancías un periodo de 2 años, renovable por un periodo de tiempo similar.
  • Transferencia a empresas residentes de mercancías importadas temporalmente sin presentar las mercancías físicamente en o las aduanas correspondientes.
  • Transferencia de mercancías entre empresas IMMEX aplicando la tasa correspondiente a PROSEC.
  • Doble del plazo oficial para transito interno a la importación y exportación de mercancías.
  • Plazo de 6 meses para y prorrogable a otros 6 meses para la exportación temporal de una mercancías que formen parte de un equipo que requiera reparación, cambio de componentes defectuosos.

Como vemos, desde los inicios de este programa, toda empresa que obtiene la certificación OEA, disponía ya  de múltiples beneficios, principalmente en cuanto a la facilitación y agilización en el cruce de mercancías, así como en la optimización de los tiempos de sus operaciones.
 BENEFICIOS NUEVOS (RGCE 2020 + 1ra. Modificación a las mismas)

  • Descargo de entre 10 y 15 % de las mercancías en reconocimiento aduanero con métodos poco intrusivos con los que cuente la aduana.
  • No suspensión del registro cuando la autoridad modifique las causales de la suspensión de los diversos padrones, y un plazo de 10 días para desvirtuar la infracción.
  • Se exime de presentar la “Manifestación de Valor”.
  • Permanencia en territorio nacional de 36 meses a mercancías importada bajo el amparo de IMMEX.
  • Despacho aduanero de mercancías identificables individualmente del sector eléctrico, electrónico importadas bajo el programa IMMEX e IMMEX modalidad albergue sin adicionar al pedimento o similar, el número de serie, de parte, modelo y marca.
  • Consolidación de carga de mercancías para importación o exportación de un mismo contribuyente o varios en un solo vehículo, tramitados hasta por 3 agentes aduanales, apoderados aduanales o representantes legales, cuando los participantes cuenten con las respectivas certificaciones como “Socio Comercial Certificado” de OEA.
  • Opción de optar por el artículo 152 de la ley en vez del 151 cuando la autoridad detecte alguna irregularidad en la importación temporal de mercancías al amparo de IMMEX.
  • Posibilidad de tramitar al SAAI el pedimento consolidado en forma semanal, o mensual para las empresas IMMEX.

Como podemos observar, muchos de los beneficios que se agregaron para la Certificación OEA, anteriormente estaban dirigidos para la modalidad Certificación IVA e IEPS.
 En ese sentido, en el escenario actual la Certificación OEA  se constituye como una verdadera herramienta para optimizar el desarrollo de las operaciones de Comercio Exterior y que además las dota de mayor seguridad.
Recomendaciones generales
Como hemos visto, mucho de los beneficios que se le restaron a la modalidad Certificación IVA e IEPS, pasaron a ser beneficios de la Certificación OEA (salvo la devolución acelerada que no existe como facilidad para ninguna modalidad).
Desde el inicio del Programa OEA, hemos insistido con nuestros clientes para que accedan a la autorización en este programa y la experiencia de haber participado en numerosos trámites de autorización, nos ha permitido comprobar como las empresas que participan en este, mejoran significativamente las condiciones de sus operaciones de Comercio Exterior, en todos los aspectos.

Por otra parte, la eliminación de los beneficios de la Certificación de IVA e IEPS, incluye importantes facilidades para el desarrollo y agilización de las operaciones aduaneras a las que HOY en día sólo podrán acceder las empresas, ÚNICAMENTE obteniendo la autorización en el programa.

De igual forma, desde hace años hemos notado que el SAT ha venido integrando más y más perfiles de empresas que pueden acceder al programa OEA, y siendo nuestro principal socio comercial los EUA, es sin duda también una gran oportunidad de competitividad, ya que sienta las bases para optar por aplicar también a C-TPAT, programa con el cual existe un acuerdo de reconocimiento mutuo.
Hasta aquí, es importante hacer notar que para las empresas que ya cuentan con la validación de CTPAT, el proceso de acceso al programa OEA, se vuelve menos riguroso.
Así también, cada vez más y más empresas que se certifican se encuentran con la necesidad de que todos sus socios comerciales sean parte de este programa, para asegurar así la efectividad y seguridad de la cadena de suministro, de donde insistimos OEA es también una herramienta de competitividad, que permite a las empresas –por decirlo de alguna manera, continuar haciendo negocios.
¿Cómo podemos ayudar en Asesores Stratego?
En Asesores Stratego, somos especialistas en materia de Certificación OEA, brindamos a nuestros clientes de forma activa Asesoría Integral para obtener la autorización en el programa, implementando diversos procedimientos, por mencionar algunos:

  • Fase 1  Capacitación OEA
  • Fase 2 Diagnóstico para Obtención de Certificación OEA.

Auditoría Diagnóstico en la que se conforme la viabilidad de la presentación del servicio.

  • Fase 3 Desarrollo del Perfil.

Asesoría para la elaboración de los procedimientos requeridos, su implementación y Auditoría Preventiva.

  • Fase 4 Autorización OEA

Asesoría integral, para obtener la Autorización de Operador Económico Autorizado (OEA) conforme al alcance de trabajo correspondiente, desde la elaboración de la solicitud hasta su seguimiento en la obtención de la Certificación.
Conoce más sobre nuestro servicio de Asesoría Integral para obtener la Certificación OEA. Contáctanos!
El presente documento no constituye una consulta particular, y por tanto, Asesores Stratego SC, no se hace responsable respecto a la interpretación o aplicación que se le otorgue. Queda prohibida la reproducción total o parcial de esta publicación, por cualquier medio o procedimiento, sin para ello contar con la autorización previa, expresa y por escrito del autor. Toda forma de utilización no autorizada será perseguida con lo establecido en la Ley federal de Derechos de Autor. Estamos a sus órdenes para resolver sus dudas o comentarios, para más información de este tema y nuestros servicios, sírvase contactarnos a: info@asesores-stratego.com