Disposiciones relativas a la Auditoría Superior de la Federación
El 25 de febrero de 2019, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las siguientes disposiciones aplicables a la Auditoria Superior de la Federación

  • ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO 2019:

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 20 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, la Auditoría Superior de la Federación debe emitir y publicar su Manual que regule las remuneraciones de los servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación, las cuales se detallan en el anexo 23.4 del Presupuesto de Egresos de la federación ejercicio fiscal 2019, en estas remuneraciones se deben de observar estrictamente los criterios de eficiencia, eficacia, economía, austeridad, racionalidad, honradez, legalidad y transparencia en la gestión pública.
Fuente: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5551019&fecha=25/02/2019 

  • LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA DEL GASTO DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019

Estos lineamientos son de carácter general y cumplimiento obligatorio para todas las unidades administrativas de la Auditoria Superior de la federación, permiten realizar en la medida de lo posible el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo de la Auditoría Superior de la Federación, sin afectar el cumplimiento de las metas de fiscalización
Para el ejercicio fiscal 2019 se establece una meta de ahorro de 22 millones de pesos, que serán aplicados principalmente para inversión física, bienes muebles e intangibles y/o proyectos prioritarios de la Auditoría Superior de la Federación.
Entre los que destacan

  1. Servicios personales
    • Sueldos, prestaciones y estímulos por productividad
    • Plazas vacantes
  2. Materiales y suministros
  3. Servicios generales
    • Servicios básicos
    • Asesorías, consultorías, estudios e investigaciones
    • Difusión
    • Equipo de impresión
    • Fotocopiado y reproducción de documentos
    • Publicaciones
    • Viáticos y pasajes
    • Boletos de avión
    • Capacitación
    • Cursos, congresos, foros y convenciones
    • Patentes informáticas
    • Servicio vehicular
    • Arrendamientos de inmuebles
    • Remodelación de oficinas
  4. Bienes muebles
    • Adquisición de vehículos
    • Venta de vehículos

Fuente: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5551020&fecha=25/02/2019 

  • CRITERIOS RELATIVOS A LA EJECUCIÓN DE AUDITORÍAS

Para llevar a cabo la fiscalización, la Auditoría Superior de la Federación sustenta su actuación en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones jurídicas aplicables, así como en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, basadas en las Normas Internacionales de Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI por sus siglas en inglés), en particular por las normas ISSAI 100, Principios Fundamentales de Auditoría del Sector Público, ISSAI 200, Principios Fundamentales de Auditoría Financiera, ISSAI 300, Principios Fundamentales de Auditoría de Desempeño e ISSAI 400, Principios Fundamentales de la Auditoría de Cumplimiento y en su Programa Anual de Auditorías con visión de revisiones integrales y temáticas.
A continuación se menciona los principales criterios emitidos:

  • Cada auditoría debe ser planeada y desarrollada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que el objetivo y alcance cumplen con los aspectos y criterios relevantes indicados en el marco legal y normativo aplicable y que, en su caso, se observen los principios de economía, eficiencia y eficacia.
  • Todo trabajo de auditoría debe ser documentado con la evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente y, en su caso, con la causa raíz de la irregularidad.
  • Se deben aplicar los procedimientos de auditoría que permitan fundamentar de acuerdo con el objetivo y alcance los resultados, con los cuales se generarán las observaciones, recomendaciones y acciones, así como el dictamen de la Auditoría Superior de la Federación en cada auditoría.
  • Los procedimientos de auditoría aplicados deben quedar registrados en cédulas de auditoría que forman parte del expediente de auditoría.
  • La Auditoría Superior de la Federación puede grabar, en audio o video, cualquiera de las reuniones de trabajo y audiencias, conforme a la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
  • Los Informes de Auditoría se deben elaborar conforme a los requisitos establecidos en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, contendrán los resultados, en su caso, las observaciones y las acciones que se formulen, incluye las recomendaciones, las solicitudes de aclaración, los pliegos de observaciones, las promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal y las promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria. Cuando proceda, se presentarán denuncias de hechos ante las autoridades competentes y denuncias de juicio político ante la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
  • Las acciones que se deriven de los Informes de Auditoría se deben notificar con el informe a las entidades fiscalizadas o autoridad que corresponda su atención, en los tiempos que establece la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Fuente: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5551022&fecha=25/02/2019


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