El pasado 04 de septiembre de 2018, se publicaron en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, algunas Iniciativas de reformas y adiciones en materia de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), así como de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (LIEPS).
Las modificaciones fiscales que se proponen se relacionan con los siguientes impuestos:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)

Aplicación de una tasa corporativa reducida o preferencial del 20% para personas físicas y morales residentes en la región fronteriza del país.
Deducción personal de los gastos de colegiaturas de nivel básico a nivel superior para el cálculo del ISR anual de personas físicas.
Incorporación de las asociaciones o sociedades civiles religiosas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles del ISR, siempre que cumplan con los requisitos fiscales establecidos para tal efecto.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

Se presentaron dos Iniciativas a efecto de establecer una tasa preferencial o reducida del 8% aplicable a los residentes en la región fronteriza.

Cada Iniciativa contempla una definición distinta respecto a lo que comprende la zona o región fronteriza: a) una de ellas abarca los Estados de Baja California, Baja California Sur, y la región parcial de Sonora y b) la otra considera al estado de Baja California, además de la franja fronteriza de 30 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional del norte del país.

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS)

Se presentaron dos Iniciativas con el objeto de reducir las cuotas aplicables a las gasolinas y combustibles fósiles, para efectos de disminuir el precio de dichos productos y frenar el alza generalizada en los precios.

En una Iniciativa se propone una reducción del 75%, sólo en el caso de combustibles automotrices y combustibles no fósiles; en la otra, se considera reducir las cuotas en un 50% a todas las gasolinas y combustibles; por lo que se observan variaciones en la aplicación de estos gravámenes.

Cabe señalar que mediante disposición transitoria, tales Iniciativas entrarían en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).


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