El Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP) es actualmente la negociación comercial plurilateral más relevante y ambiciosa a nivel internacional por la cobertura de productos y las disciplinas que incluye, así como por la importancia económica de los miembros participantes.

ANTECEDENTES

Pacific Four

Los miembros fundadores de este acuerdo de Libre Comercio son Brunei, Chile, Nueva Zelanda y Singapur (A los cuales se les conoció como los Pacific Four ó P4 cuando entró en vigor el 1º de enero de 2006).

Estados Unidos de Norteamérica

En el año 2008, Estados Unidos anunció su interés de sumarse a dicho Acuerdo y con ello inicia el proceso de ampliación del mismo, conociéndosele como el Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP).

México

En noviembre de 2011 por instrucción del entonces Presidente Felipe Calderón, México anunció su interés por incorporarse a las negociaciones del TPP; por lo que en fecha 18 de junio de 2012, fue invitado a adherirse a las negociaciones de esta iniciativa comercial y el 08 de octubre de ese mismo año, se integró formalmente como miembro de las negociaciones del TPP.

CONVENIENCIA DE LA INCORPORACIÓN DE MÉXICO AL TPP

El TPP es una iniciativa de negociación para la liberación del comercio y la inversión que se gestó entre países de la región Asia-Pacífico, que contempla la creación de un régimen comercial abierto que incluya mesas de trabajo en materia de:

  • Acceso a Mercados,
  • Reglas de Origen,
  • Procedimientos Aduaneros,
  • Medidas Sanitarias y Fitosanitarias,
  • Obstáculos Técnicos al Comercio,
  • Contratación Pública,
  • Propiedad Intelectual,
  • Defensa Comercial,
  • Políticas de Competencia,
  • Comercio Transfronterizo de Servicios,
  • Servicios Financieros,
  • Entrada Temporal de Personas de Negocios,
  • Telecomunicaciones,
  • Comercio Electrónico,
  • Inversiones, Medio Ambiente,
  • Laboral,
  • Cooperación,
  • Coherencia Regulatoria,
  • Pequeñas y Medianas Empresas,
  • Competitividad,
  • Desarrollo,
  • Asuntos Institucionales y Solución de Controversias
  • entre otras.

Asimismo, está comprobado que en los últimos seis años las exportaciones mexicanas hacia el continente Asiático han mostrado un enorme crecimiento, lo cual al negociar términos de comercio preferenciales a través del TPP con economías como la Australiana y la Vietnamita por mencionar algunas, México se acercaría a mercados cuyo ciclo económico mantiene una estrecha relación con economías con fuerte crecimiento como lo son China e India, lo que podría contribuir al objetivo de diversificación de nuestros mercados y aseguraría un acceso preferencial a los mercados de dichas economías.
Además, es oportuno mencionar que México sería el segundo país más poblado participante en esta iniciativa, lo cual evidentemente podría atraer a las empresas pertenecientes a los demás miembros a invertir para incrementar su demanda de bienes y servicios.
Debemos considerar que la región Asia-Pacífico es la de mayor dinamismo económico actualmente, por tanto de lograrse el TPP, este podría ser la instancia más importante de México para impulsar la integración a la misma y con ello mejorar la competitividad de su producción.
Los nueve países miembros del acuerdo tienen una balanza comercial conjunta que rebasa los 200,000 millones de dólares anuales; por tanto los beneficios para México al integrarse al TPP son un mercado potencial por 800,000 millones de dólares y una oferta exportable por 179,000 millones de dólares; y por el contrario el no participar en el mismo, provocaría una erosión de los acuerdos comerciales vigentes ocasionando una pérdida de ventajas adquiridas con Estados Unidos.
Lo anterior si se considera que las exportaciones de EUA a México representan el 13% del total de sus exportaciones al mundo y que el 35% del contenido norteamericano en las exportaciones mundiales de México es diez veces mayor que el contenido de 3.4% del valor añadido norteamericano a las exportaciones chinas.
Aunado a que los bienes intermedios y de capital representan 84% del comercio total entre México y EUA, por lo que ante esta alta integración se aprovechará la entrada a nuevos mercados, toda vez que gran cantidad de productos se producen de manera conjunta entre ambos países.
Desde el TLCAN, ningún Tratado de Libre Comercio ha tenido los alcances y el impacto comercial del TPP.
La Secretaría de Economía ha identificado oportunidades en al menos 19 sectores económicos que engloban 191 fracciones arancelarias. Las ventajas estarían sobre todo en algunos productos agroindustriales, vehículos y sus partes, químicos y farmacéuticos, acero y manufacturas, equipo eléctrico-electrónico y sus partes, cosméticos y jabones.
En cuanto a las operaciones al amparo del TLCAN, es importante mencionar que con la entrada en vigor del TPP, las empresas tendrán la opción de elegir entre cuál de ellos les simplificaría sus operaciones o les otorgaría mayores beneficios. Empero, es evidente que en cuanto a los materiales amparados bajo el TPP que cumplan con las reglas de origen del acuerdo y que sean fabricados en el territorio de las Partes, se considerarán originarios para efecto de dicho tratado y no para el efecto del TLCAN, por tanto dicha situación, ilustra la complejidad que puede presentarse ante la existencia de ambos acuerdos lo cual representa que los exportadores mexicanos deberán elevar su nivel de revisión de reglas aplicables para evitar cualquier rechazo en la determinación de origen de las mercancías.
No pasamos por alto comentar que, si bien es cierto los textos del TPP se mantienen como confidenciales, se perfilan algunos beneficios que podrían otorgarse si se reproducen las reglas de los Tratados Libres de Comercio en vigor, como pueden ser los siguientes:

  1. La eliminación de los requisitos formales para la expedición del certificado de origen en formato oficial. (Que definitivamente reduciría el número de rechazos de origen por incorrecto llenado del mismo).
  2. La simplificación de procesos aduaneros, reglas de origen específicas, entre otros.

Por último, debe mencionarse que una vez concluidas las negociaciones atinentes a este Acuerdo Comercial, el mismo entraría en vigor de manera automática, obviamente bajo los mecanismos legislativos que al efecto implemente cada parte.


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