Se Reforma el Primer Párrafo del Artículo 28 Constitucional: Prohibición de Condonaciones de Impuestos.
El pasado viernes 06 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se declara reformado el primero párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condonación de impuestos. La entrando en vigor a partir del día siguiente de su publicación, el 09 de marzo de 2020.
La condonación de impuestos es una práctica para beneficiar fiscalmente al contribuyente por medio de la voluntad unilateral del estado mexicano para liberar la carga tributaria al deudor de la contribución, excepcional y discrecionalmente. Se busca inhibir cualquier trato preferencial a grupos limitados, la práctica de otorgar de forma discrecional y periódica de la masiva condonación de contribuciones.
Se reforma el primer párrafo del artículo 28 constitucional, para quedar como sigue:
Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria. …
El primer párrafo del artículo 28 constitucional se reforma para que se añada las condonaciones de impuestos como una prohibición más enlistada con la prerrogativa de que estará bajo los términos y condiciones que puedan fijar las leyes. Con esta modificación constitucional se busca satisfacer mayor ingreso tributario para el crecimiento de las políticas financieras, economía y su uso en programas sociales. Sin embargo, se debe de recalcar que el uso de las condonaciones de impuesto ayuda a aligerara la carga tributaria de los contribuyentes. Por medio de estas prácticas los contribuyentes pueden pagar con mayor facilidad y rapidez los adeudos.
El objetivo de la prohibición de las condonaciones de impuestos es procurar el interés general de la población, promover mayor control en las desmedidas extensiones de los pagos contribuciones que debieron ser destinadas al Estado mexicano. A consecuencia exista el desequilibrio fiscal entre sectores económicos y control restringido para las posibles condonaciones.
Se recomienda consultar siguiente liga donde se presenta Reforma publicada en la DOF para mayor información: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5588597&fecha=06/03/2020


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