En fecha 15 de octubre de 2013 se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados el Dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Economía respecto de la Iniciativa de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, remitida por el Ejecutivo Federal.
Mediante la iniciativa en análisis, el Ejecutivo Federal propone adecuar la legislación aduanera con el propósito de prever y a su vez dar sustento a diversas disposiciones que permitan responder con mayor eficacia a los retos que se presentan en las aduanas del país; por tanto en el Dictamen antes mencionado, las Comisiones Unidas coinciden en la necesidad de adecuar la Ley Aduanera con el objeto de facilitar el comercio exterior impulsando la modernización de las aduanas, la inversión en infraestructura y la actualización e incorporación de mejores prácticas y procesos en materia aduanera y emiten sus consideraciones respecto de lo propuesto por el Ejecutivo, siendo las más relevantes las siguientes:

  1. El despacho aduanero podrá llevarse a cabo en lugar distinto al autorizado, lo anterior para efecto de permitir que las empresas que importan y exportar mercancías agilicen el despacho aduanero de las mismas.
  2. En relación con la figura de los agentes aduanales, la Comisión estima que la misma tal como lo propuso el Ejecutivo debe ser opcional, es decir se les debe brindar a los importadores o exportadores el derecho de participar directamente en las actividades del despacho aduanero de sus mercancías y llevar de manera íntegra el proceso de importación o exportación de las mismas.
  3. Se fijan requisitos mínimos que tendrán que cubrir los representantes de los importadores y exportadores que decidan despachar sus mercancías sin intervención del agente aduanal, siendo estos los siguientes:
    • Acreditar su carácter de representante legal ante el SAT.
    • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
    • Ser de nacionalidad mexicana.
    • Acreditar la existencia de una relación laboral con el importador o exportador.
    • Acreditar experiencia o conocimientos en materia de comercio exterior.
  4. Se establecen requisitos y condiciones mínimas para operar, con las que tendrán que cumplir los importadores o exportadores para realizar el despacho directo.
  5. Se contempla la responsabilidad solidaria de los
  6. Se abre la convocatoria para obtener la patente de agente aduanal.
  7. Se elimina la figura del apoderado aduanal y del agente aduanal sustituto.
  8. Se incorpora al tráfico ferroviario como medio para la introducción o extracción de mercancías al territorio nacional.
  9. Se podrán crear recintos fiscalizados estratégicos en cualquier parte del territorio nacional, fomentándose la inversión y la generación de empleos.
  10. El servicio de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos, podrá ser realizado por los interesados que cumplan con los requisitos solicitados en la normatividad.
  11. Se contempla el uso de un sistema electrónico aduanero para llevar a cabo las operaciones de comercio exterior.
  12. Se elimina el segundo reconocimiento aduanero.
  13. Se amplían las facilidades a los usuarios del comercio exterior, pretendiendo agilizar el despacho aduanero y propiciar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y aduaneras mediante la rectificación de los datos contenidos en los pedimentos. Le mantendremos informado sobre la decisión que el Poder Legislativo tome en definitiva sobre el particular.

En Stratego, nos esforzamos por mantenernos al día en cuanto a las cambiantes reglas, regulaciones y leyes que impactan significativamente en el ámbito empresarial. Nos mantenemos informados y monitoreamos de cerca las modificaciones en las Reglas Generales de Comercio Exterior y Operaciones Aduaneras (RGCE), el Código Fiscal de la Federación (CFF), y las Reglas de la Miscelanea Fiscal (RMF), entre otros. Nuestra dedicación a la actualización nos permite ofrecer a nuestros clientes orientación precisa y actualizada en este complejo entorno normativo.