Se incluyó en el TMEC el capítulo de Pequeñas y medianas empresas (PYMES) a fin de otorgar mayor certidumbre a este sector y procurando impulsar su crecimiento.
Como Principios Generales se establece la importancia del sector privado para el apoyo a las PyMES, así como su importancia para mantener el dinamismo y competitividad de la región.
En la siguiente gráfica podemos observar el porcentaje de PYMES que participaron en cadenas globales durante el período indicado:

De ahí que el TMEC,  a través de la inclusión de este capítulo estima que la Cooperación para Incrementar las Oportunidades de Comercio e Inversión para las PyMES son básicas por lo cual las partes deberán incentivar el desarrollo de las mismas, a través de plataformas digitales, aceleradoras, incubadoras y centros de negocio buscando siempre las mejores practicas que le permitan acceder al crédito.
Basado en lo anterior, las partes deben mantener un estrecho Intercambio de Información a través de un portal web con los textos del tratado y lo referente a las PyMES, perfectamente vinculado a las instituciones que apoyan a las mismas de sus contrapartes, estos pueden incluir lo siguiente:

  1. Procedimientos aduaneros y de regulaciones.
  2. Propiedad industrial.
  3. Estándares de calidad.
  4. Medidas sanitarias y fitosanitarias.
  5. Inversión extranjera.
  6. Apertura y registro de empresas.
  7. Promoción comercial.
  8. Información tributaria.
  9. Regulaciones laborales.
  10. Licitaciones públicas.
  11. Capacitación y
  12. Visado a hombres de negocios.

De igual forma, en virtud del citado tratado las partes establecerán un Comité de Asuntos de PyMES, el cual deberá reunirse para buscar mejores prácticas, la elaboración de seminarios, talleres y capacitación de apoyo, buscar la forma de integrarlas a las cadenas regionales y globales de suministro, participar en el comercio digital, apoyo al emprendurismo, reuniéndose al año de la entrada en vigor del T-MEC y con entrega anualizada de reportes de actividades.
En ese sentido, las partes deberán convocar a un Dialogo de PyME en el cual podrán estar incluidos todos los sectores de la sociedad que estén interesados en el desarrollo de las mismas.
Por virtud de este tratado, se reconoce que existen Obligaciones en el Tratado que Benefician a las PyMES, las cuales se enlistan en el mismo; Procedimientos de Origen, Contratación Pública, Comercio Transfronterizo de Servicios, Comercio Digital, Datos Abiertos Gubernamentales, Derechos de Propiedad Intelectual, temas laborales, Medio ambiente, Competitividad, Anticorrupción y Buenas Prácticas Regulatorias.
Por último, cabe indicar que ninguna de las partes puede apegarse a la Aplicación de Solución de Controversias para temas del presente capitulo.

Es preciso indicar que el capítulo de Solución de controversias (31) establece entre otros aspectos los reclamos realizados por una parte que considere que un beneficio que razonablemente pudiera haber esperado recibir conforme a los capítulos: 2 Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado, 3 Agricultura, 4 Reglas de Origen, 5 Procedimientos de Origen, 6 Mercancías Textiles y Prendas de Vestir, 7 Administración Aduanera y Facilitación del Comercio, 9 Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, 11 Obstáculos Técnicos al Comercio, 13 Contratación Pública, 15 Comercio Transfronterizo de Servicios, o 20 Derechos de Propiedad Intelectual, hubiese sido anulado o menoscabado, como resultado de la aplicación de una medida de otra parte.