Los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) son un instrumento dirigido a las empresas productoras de determinadas mercancías, mediante los cuales se les permite importar con arancel basado en el valor de un bien, a un arancel preferencial del Impuesto General de Importación. Asimismo, los Programas de Promoción Sectorial benefician a las empresas de la industria para que diversos bienes puedan ser utilizados en la elaboración de productos específicos, independientemente de que las mercancías a producir sean destinadas a la exportación o al mercado nacional.

Antecedente y fundamento

El 02 de agosto de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial (Decreto PROSEC) cuyo objeto principal es establecer diversos programas de promoción sectorial. Así, en consecuencia, trasciende en su fondo para mantener la competitividad del aparato productivo nacional en los mercados internacionales y la competitividad comercial en el exterior, así como dar seguimiento y actualizar los instrumentos para fomentar la integración de cadenas productivas eficientes.

A continuación, se presenta una síntesis de los Programas de Promoción Sectorial PROSEC, los requisitos para su autorización, obligaciones y beneficios

a) Alcances del programa

El establecimiento de diversos Programas de Promoción Sectorial por el Gobierno Federal, tiene el propósito de alcanzar y mantener mayores condiciones de competencias de abasto de insumos y maquinaria para las industrias productivas nacionales, y proporcionar a la planta productiva del país, los mejores medios para competir en los mercados internacionales, así como en el mercado interno.

b) Beneficios Generales

El Programa PROSEC beneficia a las diferentes industrias dentro de su umbral, para la importación con aranceles preferenciales, de diversos bienes para su incorporación y utilización en el proceso productivo de mercancías, conforme al sector autorizado. Cabe destacar, que los beneficios del programa son únicamente respecto de los bienes a importar contenidos en el sector de que se trate, en otras palabras, para la producción de una mercancía no podrá importase un bien contenido en un sector diferente. A continuación, se enlistan los beneficios del programa a groso modo:

  1. Importación de aranceles preferenciales para la importación definitiva de los insumos y maquinarias listadas en cada programa;
  2. La facultad de aplicar a diferentes modalidades dentro del Programa;
  3. Transferir las mercancías importadas temporalmente al amparo de su Programa, a otras empresas con Programas o empresas registradas para operar en su Programa.
  4. Incentivo a las empresas de interés comercial en el mercado nacional e internacional;

 

c) Obligaciones Generales

  • Los productores en el Programa PROSEC están obligados, principalmente a destinar los bienes importados a propósito único del sector inscrito, sin embargo, si deciden destinarlos a propósitos distintos deberán cubrir los impuestos generales de importación aplicables a los bienes, con las actualizaciones y recargos.
  • Deberán presentar anualmente un informe ante la SE, de sus operaciones realizadas al amparo del programa correspondiente al ejercicio inmediato anterior, a más tardar el último día de mes de abril. En el caso de que la empresa no presente el informe anual, se perderá la vigencia temporal y consecuentemente no gozará de sus beneficios en tanto no se subsane la omisión. Posterior, a los dos meses, la empresa que no haya presentado el informe, perderá definitivamente su vigencia.

De modo análogo, se deberá cumplir continuamente con lo siguiente:

  • Estar en continuo cumplimiento de sus obligaciones fiscales;
  • Contar con el registro al padrón de importadores generales y de sectores específicos;
  • Manifestar el valor en aduana de las mercancías;
  • Comprobar el origen de las mercancías o maquinarias importadas;
  • Cumplir con lo dispuesto en el Decreto PROSEC o demás disposiciones que de él deriven;
  • Cumplir con las condiciones conforme a las cuales se otorgó la inscripción a los Programas;
  • Que la mercancía importada al amparo del programa siempre sea destinada a propósito del sector.

 

d) Sectores y modalidades del programa

Con la finalidad y de manera de incentivo para lograr una mayor integración nacional y regional, reconociendo que los insumos y maquinarias son críticas para ciertas industrias que constan con condiciones arancelarias competitivas, el Programa contempla 24 sectores de promoción sectorial correspondientes a diferentes industrias. Asimismo, se debe de señalar que las industrias son dirigidas a las personas morales establecidas en el país productoras de bienes, las que manufacturen las mercancías y que se sometan a un proceso industrial.

Enseguida se enlista el catálogo de los sectores del Programa:

I. De la Industria Eléctrica II. De la Industria Electrónica III. De la Industria del Mueble
IV. De la Industria del Juguete, Juegos de Recreo y Artículos Deportivos V. De la Industria del Calzado VI. De la Industria Minera y Metalúrgica
VII. De la Industria de Bienes de Capital VIII. De la Industria Fotográfica IX. De la Industria de Maquinaria Agrícola
X. De las Industrias Diversas XI. De la Industria Química XII. De la Industria de Manufacturas del Caucho y Plástico
XIII. De la Industria Siderúrgica XIV. De la Industria de Productos Farmoquímicos, Medicamentos y Equipo Médico XV. De la Industria del Transporte, excepto el Sector de la Industria Automotriz y de Autopartes
XVI. De la Industria del Papel y Cartón XVII. De la Industria de la Madera XVIII. De la Industria del Cuero y Pieles
XIX. De la Industria Automotriz y de Autopartes XX. De la Industria Textil y de la Confección XXI. De la Industria de Chocolates, Dulces y Similares
XXII. De la Industria del Café. XXIII. De la Industria Alimentaria XXIV. De la Industria de Fertilizantes

 

Asimismo, los Programas  de Promoción Sectorial PROSEC cuentan con dos modalidades; Productor Directo y Productor Indirecto, aunque ambas difirien en los beneficiarios del programa, las dos tienen el mismo objetivo para el destino del mercado nacional. A continuación, se describen las modalidades:

  1. Productor Directo: Las personas morales que manufacturen las mercancías en los programas de los sectores diferentes y sus bienes correspondientes.
  2. Productor Indirecto: Está concentrado en los proveedores de insumos de acero, a los centros de servicio que cuenten con maquinaria y equipo para procesar productos de acero siempre que se encuentre registrado en el programa del producto directo que adquiera las mercancías; en adición a lo anterior, podrá prestar el servicio de adaptación técnica a proyectos específicos.

 

e) Mercancías que aplican.

Los bienes importados al amparo de los programas  serán únicamente destinados a propósito de la promoción industrial. Extendiéndose para los productores que cuenten con autorización para operar en alguno de los 24 programas previamente indicados, estos podrán optar por importar los bienes, con el arancel del IGI específico en el mismo, siempre que éstos se empleen en la producción de las mercancías correspondientes a cada programa. Se destaca que estos bienes, que cuyo objetivo en el programa son para producir las mercancías podrán ser importados indicando específicamente el sector que le corresponda.

f) Requisitos y sus alcances

Para la obtención de la autorización del Programa PROSEC, en sus diferentes industrias, las personas morales interesadas, deberán presentar la siguiente información y documentación ante la SE:

  1. La presentación de la solicitud en los formatos establecidos, en esta se deben detallar los siguientes datos y documentación generales de la empresa:
    • Acta constitutiva y Poder Notarial correspondiente en original o copia certificada;
    • Cédula del Registro del Contribuyente (RFC);
    • Los datos correspondientes a los socios y/o accionistas y representantes legales;
  2. Domicilios de las plantas de la empresa en las que se realizan los procesos productivos relacionados con su solicitud. Solo en el supuesto de no contar con plantas se deberá señalar el domicilio fiscal de la empresa;
  3. Se debe de indicar el sector(es) al(los) que la empresa desea acogerse;
  4. Se debe de mencionar cada sector de las mercancías de los bienes a producir, indicando la fracción arancelaria;
  5. Documento que acredite legalmente la posesión del inmueble, tales como contrato de arrendamiento o comodato, en donde pretenda llevarse a cabo la operación del Programa, en el que se indique la ubicación del mismo, se debe de anexar soporte fotográfico. De no contar con plantas, se deberá acreditar legalmente la posesión del domicilio fiscal de la empresa.
  6. Fe de hechos emitida por un Fedatario Público, la cual deberá incluir:
    a) Ubicación del o los domicilio(s) en el que se llevarán a cabo los procesos productivos o de servicios, señalando las características, condiciones, detalle de las instalaciones superficies en metros cuadrados, se debe de anexar soporte fotográfico.
    b) Estatus de posesión del inmueble, así como documento que lo acredite (el domicilio deberá coincidir con el manifestado en VUCEM como planta productiva);
    c) Inventario de la maquinaria, equipo, mobiliario mediante el cual se realiza el proceso productivo o de servicios, anexando soporte fotográfico, y documental respecto de la legal posesión;
    d) Descripción de la mercancía a importar y la fracción arancelaria;
    e) Descripción del producto final a fabricar y la fracción arancelaria;
    f) Descripción del espacio físico donde se almacenará la misma, se debe de anexar soporte fotográfico;
    g) En caso de contar con mercancía importada de manera temporal, inventario de dichas mercancías, y soporte fotográfico que coincida con el mismo, en caso contrario, indicar que no se cuenta con mercancía temporalmente; Número de empleados en el domicilio al momento de levantar la fe de hechos, y la actividad realizada, anexando soporte fotográfico de las actividades realizadas por los mismos y documentación soporte: pago de las cuotas obrero patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en caso de que la contratación del personal de la empresa sea a través de un tercero (Outsourcing), deberá proporcionar copia del contrato de prestación de servicios, así como el documento que acredite la legal contratación de los empleados;

 

g) Autorización y Resolución

El primer paso para la obtención de la autorización de un programa, es la presentación de la solicitud, en conjunto con el debido cumplimiento de los requisitos. La resolución correspondiente, se emitirá en un plazo máximo de 20 días hábiles.

Por último, cabe indicar que la vigencia de los programas será anual y se renovará automáticamente, una vez que los productores presenten el informe anual de las operaciones realizadas al amparo del programa.


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