La Secretaría de Economía publicó de forma oficial durante el pasado mes de diciembre de 2017, diversas disposiciones vinculadas al comercio exterior a través de las cuales se otorgan diversos beneficios a determinados contribuyentes y generan a otros,  obligaciones.
A continuación, presentamos una síntesis de los aspectos más relevantes de estas publicaciones:

  • DECRETO por el que se prorroga el diverso por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados.

La medida se extiende hasta marzo de 2019, contemplando que los importadores tengan un marco jurídico para dar seguridad y regular sus trámites, conforme al Decreto publicado el 01 de julio de 2011 y que vencía el 31 de diciembre de este año.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto de la constitucionalidad de estas medidas señalando que no violan las garantías de igualdad, de audiencia previa, de irretroactividad, a la libertad de trabajo ni al libre comercio, además de que existe jurisprudencia definida y obligatoria indicando que es acorde con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte y, consecuentemente, no es violatorio del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
No olvidemos que el sector automotriz ha sido muy dinámico en los últimos años, sin embargo actualmente enfrenta un escenario de incertidumbre ante la renegociación del TLCAN.
 

  • ACUERDO que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio E
  1. No será necesaria la presentación del documento de exportación emitido por el país de procedencia para la solicitud de permiso de importación de calzado y textil. De acuerdo al capítulo 5.3 del Acuerdo, a partir del 01 de diciembre de 2017, los importadores usuarios de permiso de importación de textil y calzado NO DEBERÁN presentar el documento de exportación del país de procedencia y su correspondiente traducción al idioma español, y tendrán que realizar el procedimiento correspondiente ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM).
  2. A partir del 02 de enero de 2018, se podrá tramitar Permiso Previopara importar mercancías del sector textil y confección sujetas al Acuerdo de modificación de reglas y criterios generales de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2017.
  3. Desde el 2018, se podrá introducir al país, bajo el esquema de Regla 8a., aceros aleados para tubería de oleoductos y gasoductos con mayor oferta en el mercado internacional como lo son los aceros de grados X-60, X-65 y X-70.
  4. A partir del 2018, se elimina la obligación de presentar el aviso automático de importación para algunas mercancías del sector siderúrgico, específicamente tuberías de acero inoxidable.
  5. En 2018, se deberá presentar un aviso automático en la importación de tubos, especialmente fabricados para la entubación o perforación en la extracción de petróleo y gas; y productos siderúrgicos; por ejemplo, aceros planos recubiertos y alambrón de acero.
  6. Se eliminaronlas fracciones arancelarias 7304.11.01, 7304.11.02, 7304.11.03, 7304.11.04, 7304.11.05, 7304.11.99, 7304.31.04, 7304.31.05, 7304.31.06, 7304.39.08, 7304.41.99 y 7304.49.99 de la fracción II del numeral 8 del Anexo 2.2.1, así como de la fracción II del numeral 7 BIS del Anexo 2.2.2 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2012 y sus posteriores modificaciones.
  7. Se eliminaronlas fracciones arancelarias 6203.42.04, 6203.42.05, 6203.42.06, 6203.43.02, 6203.43.06, 6204.32.01 y 6204.33.99 de la fracción I; la fracción arancelaria 1701.91.01 de la fracción VIII y las fracciones arancelarias, 6203.42.04, 6203.42.05, 6203.42.06, 6203.43.02, 6203.43.06, 6204.32.01 y 6204.33.99 de la fracción XI, todas del numeral 3 del Anexo 2.4.1 del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2012 y sus posteriores modificaciones.

ACUERDO que modifica al diverso por el que se dan a conocer las Notas Explicativas de la Tarifa Arancelaria.

Se modificaron las reglas y criterios que impactan a los siguientes trámites de Comercio Exterior:

ACUERDO que modifica al diverso por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico.

  • Desde el 23 de diciembre de 2017, las empresas interesadas en realizar el trámite de devolución de impuestos tendrán que tomar en cuenta que existen nuevas consideraciones que deberán realizarse antes y durante el proceso de solicitud. La solicitud se deberá presentar en el nuevo formato SE-FO-03-001.

En Stratego, entendemos que el análisis económico es esencial para la toma de decisiones empresariales efectivas. Nuestro equipo de analistas económicos se dedica a examinar detenidamente la economía de México y el contexto global. Esto permite a nuestros clientes tomar decisiones informadas y adaptativas en un entorno empresarial en constante cambio.


El presente documento no constituye una consulta particular, y por tanto, Asesores Stratego SC, no se hace responsable respecto a la interpretación o aplicación que se le otorgue. Queda prohibida la reproducción total o parcial de esta publicación, por cualquier medio o procedimiento, sin para ello contar con la autorización previa, expresa y por escrito del autor. Toda forma de utilización no autorizada será perseguida con lo establecido en la Ley federal de Derechos de Autor. Estamos a sus órdenes para resolver sus dudas o comentarios, para más información de este tema y nuestros servicios, sírvase contactarnos en: info@asesores-stratego.com